El objetivo de esta demanda es instar al STC Metro, al gobierno capitalino y a la aseguradora GMX a cumplir de manera inmediata con las obligaciones contenidas en la ley y obligaciones generales de cuidado.
Han pasado 5 días hábiles desde que la asociación civil Organización Nacional de Responsabilidad del Estado (ONRE) presentó una demanda colectiva contra el Sistema de Transporte Colectivo (STC) y la aseguradora GMX por el daño moral a las víctimas de la tragedia en la Línea 12 del Metro.
Sin embargo, el recurso presentado no ha sido admitido por el juez Segundo de Distrito.
El director general de ONRE, Jesús Alberto Guerrero Rojas, explicó que, para que proceda la demanda y se pueda indemnizar a los afectados, directos e indirectos (víctimas mortales, heridos y familiares), el juez debe dar aviso al STC Metro y, vía un oficio con el sello del Poder Judicial de la Federación, tendrá que publicar la admisión del recurso en los medios de comunicación que considere, para que todas las víctimas se adhieran.
“Ahorita estamos en espera de que el juez Segundo de Distrito admita nuestra demanda, para la atención médica. Aquí el tema es la prontitud porque todavía hay personas hospitalizadas. Hay gente que, si bien la dieron de alta de hospitales públicos no hay análisis, no hay seguimiento, y muchos esquemas de traumatismo que van a necesitar rehabilitación, operaciones neurológicas complicadas y a veces ahí no los tienen”, reconoció.
Por eso, consideró importante y trascendental que se admita lo antes posible, porque de lo contrario no se atenderá de forma idónea a la gente, lo cual es su objetivo principal porque “las demandas colectivas tienen el destino de reparar de forma integral el daño a favor de una comunidad”.
El único y exclusivo de la demanda contra la STC y la aseguradora Grupo Mexicano de Seguros S.A. de C.V., es la reparación integral el daño a las víctimas para que sean indemnizadas y compensadas conforme a los artículos 1915 del Código Civil de la Ciudad de México y el 502 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).
En el caso de los fallecidos o víctimas con daños permanentes, el artículo 1915 del Código Civil de la Ciudad de México indica que “para calcular la indemnización que corresponda se tomará como base el cuádruple del salario mínimo más alto que esté en vigor en la Ciudad de México y son 320 pesos”.
Si esos 320 pesos se multiplican por cuatro, el resultado es mil 280 pesos por día de incapacidad.
“Y si te vas al artículo 502 de la Ley Federal del Trabajo y dice que por fallecimiento son 5 mil días, entonces multiplicas 5 mil por mil 280 pesos, eso te da 6 millones 400 mil pesos. Eso está en la ley y no tiene mayor interpretación”, afirmó.