El Congreso de Sinaloa aprobó una reforma que convierte en delito autónomo el reclutamiento de menores para actividades criminales y endurece las sanciones.

El Congreso de Sinaloa aprobó este 10 de septiembre una reforma para combatir el reclutamiento de menores por grupos criminales.

La modificación establece penas de 10 a 20 años de prisión para quienes capten a niñas, niños y adolescentes para actividades delictivas.

Además, las sanciones pueden aumentar hasta en una mitad cuando existan circunstancias agravantes.

Con ello, la pena máxima puede alcanzar 30 años de cárcel.

¿Qué establece la nueva ley en Sinaloa?

La reforma incorpora el artículo 274 Bis F al Código Penal de Sinaloa.

Este artículo sanciona a quien reclute, enliste, integre o incorpore a menores de 18 años en actividades delictivas.

La conducta puede realizarse directamente o mediante otra persona.

Además, la norma contempla que el reclutamiento puede efectuarse por cualquier forma o medio.

Esto permite que el delito no quede limitado a una modalidad específica de captación.

La sanción será independiente de las penas que correspondan por otros delitos cometidos durante el mismo hecho.

Por lo tanto, el reclutamiento tendrá consecuencias penales propias.

¿Cuándo aumentará la pena hasta 30 años?

La nueva legislación contempla varias circunstancias que pueden incrementar la sanción hasta en un 50 por ciento.

Una de ellas ocurre cuando el responsable tiene una relación familiar con la víctima.

También aplica si tiene bajo su custodia, guarda o educación al menor.

La violencia física o psicológica representa otra circunstancia agravante.

El abuso de poder también puede aumentar la pena.

Asimismo, la sanción será mayor cuando el responsable sea una persona servidora pública.

Menores en situación vulnerable tendrán mayor protección

La reforma contempla condiciones específicas de vulnerabilidad.

Entre ellas se encuentran el abandono, la orfandad y la migración.

También incluye el desplazamiento forzado y la situación de calle.

La discapacidad de la víctima es otro supuesto contemplado por la legislación.

En estos casos, la pena podrá incrementarse debido a las condiciones que pueden limitar la capacidad de defensa del menor.

La norma también equipara al reclutamiento aquellos casos en los que la víctima no pueda comprender el significado del hecho.

La misma disposición aplica cuando la persona no tenga capacidad para resistirlo.

Sinaloa reconoce a los menores reclutados como víctimas

Uno de los cambios centrales de la reforma está relacionado con la forma de atender a los menores.

La legislación establece que las niñas, niños y adolescentes reclutados serán considerados víctimas del delito.

Esto significa que no deberán ser tratados automáticamente como integrantes voluntarios de organizaciones criminales.

El cambio busca modificar el enfoque institucional frente a estos casos.

La protección deberá considerar las condiciones particulares de cada víctima.

¿Qué pasará con las víctimas del reclutamiento?

La reforma también modifica la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de Sinaloa.

El objetivo es garantizar protección integral frente al reclutamiento y utilización de menores con fines criminales.

Las autoridades estatales y municipales deberán desarrollar protocolos especializados.

Estos mecanismos deberán permitir la detección temprana de posibles casos.

Además, contemplan atención psicológica, reinserción social y justicia restaurativa.

La estrategia deberá involucrar a distintas instituciones.

Entre ellas estarán el Sistema Estatal de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes, la Secretaría de Seguridad y la Secretaría de Educación Pública y Cultura.

También participará la Fiscalía General del Estado.

¿Por qué es importante esta reforma?

El reclutamiento de menores representa un problema relacionado con la violencia y la vulnerabilidad de niñas, niños y adolescentes.

La nueva legislación busca que esta conducta pueda investigarse y castigarse de manera específica.

Hasta ahora, los casos podían quedar vinculados con otros delitos cometidos durante la incorporación de menores a estructuras criminales.

Con el nuevo tipo penal, el acto de reclutar tendrá una sanción independiente.

Además, el reconocimiento de los menores como víctimas cambia el enfoque de atención.

La prioridad será protegerlos, atender las consecuencias y favorecer su reinserción.

¿Qué sigue después de la aprobación?

La reforma deberá seguir el proceso legal correspondiente para su entrada en vigor.

Una vez aplicable, las autoridades deberán implementar los mecanismos de atención previstos.

También tendrán que establecer protocolos para detectar posibles casos de reclutamiento.

El reto será llevar la nueva disposición más allá de las sanciones.

La prevención, identificación temprana y recuperación de las víctimas serán elementos fundamentales para enfrentar el fenómeno.

Con esta reforma, Sinaloa establece penas de hasta 30 años de prisión por el reclutamiento de menores y reconoce a niñas, niños y adolescentes como víctimas de este delito.