- Diputados armonizaron la legislación local con la reforma constitucional federal y establecieron nuevos requisitos de elegibilidad para cargos públicos
El Congreso del Estado de Durango aprobó por unanimidad reformas a la Ley Orgánica del Municipio Libre y a la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado, con el objetivo de armonizar la legislación local con las reformas constitucionales federales conocidas como “Plan B”.
Las modificaciones fueron avaladas tras una extensa jornada legislativa que concluyó alrededor de las 5:00 de la mañana de este 27 de mayo.
La iniciativa fue presentada por las y los integrantes de la Junta de Gobierno y Coordinación Política, encabezada por Ernesto Alanís Herrera, para cumplir con el plazo federal establecido antes del 30 de mayo de 2026.
Entre los principales cambios aprobados destaca la prohibición de la reelección consecutiva para diputaciones locales y ayuntamientos a partir del proceso electoral 2029-2030, salvo en casos de suplentes que no hayan ejercido funciones.
Asimismo, se redujo de 21 a 18 años la edad mínima para contender por cargos municipales como alcaldías y regidurías, ampliando así la participación política de jóvenes en la entidad.
En cuanto a la integración de ayuntamientos, el municipio de Durango pasará de 17 a 15 regidurías, mientras que Gómez Palacio y Lerdo conservarán las 15 actuales.
La reforma también establece nuevas reglas sobre la duración de campañas electorales: 50 días para gubernatura y 35 días para diputaciones locales.
Además, se añadieron nuevos requisitos de elegibilidad para candidaturas, prohibiendo participar a personas con sentencias firmes por delitos intencionales, corrupción, violencia política de género o que estén inscritas en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias.
De igual forma, se incluyó una restricción para evitar candidaturas de personas con vínculos familiares o de pareja recientes con quien haya ocupado previamente el mismo cargo dentro de un ayuntamiento.
Las modificaciones incorporan además lenguaje incluyente y el principio de alternancia de género para las candidaturas a la gubernatura.
Finalmente, se homologó el tope salarial para consejeros y funcionarios electorales, quienes no podrán percibir ingresos iguales o superiores al salario de la persona titular del Poder Ejecutivo estatal.
